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Pago de multas y tasas de la DGT en Sevilla

Pagar tarde una multa, o no recurrirla cuando había motivos, cuesta dinero y, a veces, puntos del carnet. Si has recibido una notificación en Sevilla, vamos a repasar con calma qué se puede hacer.

En una provincia tan grande como Sevilla, con el área metropolitana, el Aljarafe, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra y la campiña de Écija y Carmona, es habitual recibir denuncias de radares y de zonas de bajas emisiones sin saber qué hacer.

Qué hacemos con tus multas y tasas de la DGT en Sevilla

Nuestro primer paso es una comprobación completa de tu situación: sanciones pendientes, notificaciones sin recoger y saldo de puntos. A partir de ahí preparamos el pago o el escrito que corresponda.

  • Consulta de sanciones en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) y en la Dirección Electrónica Vial (DEV).
  • Pago de la multa con reducción del 50 % cuando estás dentro del plazo de veinte días naturales.
  • Alegaciones y recursos cuando hay motivos para oponerse a la sanción.
  • Gestión de los puntos del permiso de conducir y consulta de tu saldo.
  • Tramitación de las tasas de la DGT en trámites como la transferencia de un vehículo, los duplicados de permiso o documentación y los informes del vehículo.

Documentación que necesitamos

Con los siguientes datos podemos abrir el expediente el mismo día en que nos escribas.

  • DNI o NIE del titular, por ambas caras.
  • La notificación o el boletín de denuncia, si lo tienes; si no, la matrícula y la fecha aproximada de la infracción.
  • Permiso de circulación del vehículo y permiso de conducir del conductor.
  • Una autorización firmada para que podamos actuar en tu nombre, que te enviamos nosotros.
  • Para las tasas de tráfico, el documento concreto del trámite (por ejemplo, el contrato de venta o la denuncia de pérdida).

Plazos y datos clave

Ten presente que la reducción del 50 % solo se concede si abonas la multa en los veinte días naturales posteriores a la notificación, y que el pago supone renunciar a formular alegaciones. Si prefieres oponerte, el escrito debe presentarse también en plazo.

Una resolución desfavorable puede recurrirse en reposición o ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Y recuerda que los puntos se restan cuando la sanción adquiere firmeza administrativa, no antes.

Si tu notificación fue por edicto en el TESTRA o a través de la DEV, el plazo cuenta desde su publicación o puesta a disposición, no desde que tú la abras, así que no dejes pasar semanas sin consultarla.

Cómo trabajamos

Puedes empezar ahora mismo desde tu móvil: nos escribes por WhatsApp o email, adjuntas la notificación y una foto de tu DNI y trabajamos sobre esa base. Cada novedad te llega por escrito, y los documentos finales, en formato digital.

Preguntas frecuentes

¿Puedes pagar por mí una tasa de la DGT?

Sí. Tramitamos las tasas de trámites como transferencias, duplicados del permiso o de la documentación y los informes del vehículo, y te enviamos el justificante de pago.

¿Y si la multa es de un ayuntamiento y no de la DGT?

Los procedimientos y plazos pueden diferir, porque cada administración tiene su propio régimen. Identificamos quién sanciona antes de decidir si se paga, se alega o se recurre.

¿Qué hago si no recibí la notificación?

Puede que se te notificara por edicto o en tu dirección electrónica vial. Lo comprobamos y, si hubo un defecto de notificación, lo hacemos valer en el escrito que corresponda.

¿Puedo pagar con descuento una multa de la DGT si vivo en Sevilla?

Sí, siempre que el pago se haga dentro de los veinte días naturales siguientes a la notificación de la denuncia. El descuento es del 50 % del importe, pero supone renunciar a las alegaciones y terminar el procedimiento.

Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso en Sevilla.

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